Complemento variable 2009



Tras la firma del II Convenio y antes de que finalice el mes de enero de 2010, la empresa debe abonar la diferencia por este concepto, ya que el acuerdo se ha realizado para el año 2009.

En la tabla anterior, recogemos algunos datos de interés que queremos comentar:
  • a lo largo de 2009 ya hemos cobrado una subida del 2% en este complemento, quedando tal y como aparece en la segunda columna.
  • tras la firma del convenio, se aplica a todos los grupos por igual, la cantidad de 105,60 €, que se obtuvieron al renunciar los miembros del comité de empresa a 5 horas sindicales, de tal manera que su coste económico se repartiera y se incorporara a este complemento.
  • en la última columna se puede apreciar el porcentaje de subida que ha obtenido cada grupo desde la firma del anterior convenio y de este último, siendo los mayores beneficiarios los grupos inferiores, aquellos que tienen menor sueldo.
Recordad que el cobro de este complemento está ligado a la asistencia al trabajo, quedando reducido en casos de permisos (menos los concedidos por hospitalizaciones y fallecimientos) y de incapacidad temporal (bajas).

Para cualquier aclaración, os podés dirigir a los miembros de la sección sindical o realizar la consulta a través del correo electrónico que encuentras en estas páginas.